Escribano. Obligaciones. Impuesto a la transferencia de inmuebles
Tipo de material:
- Argentina. Jurisprudencia
No hay ítems correspondientes a este registro
Doctrina: El hecho de que el dinero entregado por el vendedor al escribano en concepto de impuesto a la transferencia de inmuebles resulte insuficiente para dar satisfacción al mismo no puede trasladar tal cargo al comprador, toda vez que según el art. 10 de la resolución general 3319 el escribano actúa no sólo como agente de retención sino de información cuando el dinero fuera insuficiente
Fallo: C.N.Comercial, Sala A, 29/10/1999. Autos: Banco del Buen Ayre c/Kok, Juan F. y otro
No hay comentarios en este titulo.