Asesoramiento / César Arnaldo Peisino
Tipo de material:
Imagen de cubierta | Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca José A. Negri | 18420-1 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | 22777 | 18420-1 |
Sumario: El notario, en ejercicio de la función pública delegada por el Estado, debe dar fe y comunicar una fuerza probatoria excepcional a la escritura que autoriza. Alcances del asesoramiento. Instrumentación. Declaración de las partes. Distracto de relación laboral. Cesión de derechos hereditarios. Venta de parte indivisa del inmueble hipotecado. Delegación de deuda. Emancipación dativa. Facultades emergentes de los poderes. Donación de todos los bienes. Testamentos. Sociedad conyugal. Observabilidad de los títulos por falta de liquidación del patrimonio ganancial e insuficiencia de acreditación de ser un bien propio. Asentimiento conyugal. En juicio de escrituración. El Registro de la Propiedad Inmueble puede controlar el cumplimiento del artículo 1277 del Código Civil. Oportunidad de la exigibilidad. Asentimiento conyugal y boleto de compraventa
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