Límites a la extensión del dominio de los bienes de los cónyuges que, de acuerdo al artículo 1246, debe hacerse constar en las escrituras adquisitivas

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Colegio de escribanos de la Capital Federal abril-junio de 1994Tema(s): Género/Forma: Recursos en línea: En: Revista del Notariado 837. p. 241-243
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Contiene: Fallos relacionados con el art. 1246, Cód. Civil - La declaración que exige el art. 1246, Cód. Civil es clara y precisa - Un llamado de atención para los notarios

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