Aún admitiendo la configuración del tiempo compartido o multipropiedad como derecho real es dificil concebir el ejercicio de acciones posesorias o reles o de desalojo por parte de su titular, por lo que sería conveniente organizar el sistema en base a su delegación en el "multiconsorcio" y a un régimen de autodisciplina
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Comisión 4: Derechos Reales: Manifestaciones actuales relativas al derecho de dominio
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