Testamento : nulidad. Actos propios. Capacidad de los testigos. Escritura pública : falsedad ideológica. Abuso de firma en blanco. Nulidad

Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Colegio de escribanos de la Capital Federal octubre-dicimbre 1992Títulos uniformes:
  • Buenos Aires [provincia]. Jurisprudencia
Tema(s): Género/Forma: Recursos en línea: En: Revista del Notariado 831. p. 858-863
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Doctrina: 1] Quien ejecuta un testamento no puede luego plantear su nulidad, por obstar a ello la doctrina de los propios actos. 2] Si bien uno de los testigos del testamento era menor de edad, al no poder cuestionarlo quien lo ejecutó, no puede decretarse la nulidad del mismo y queda así confirmado el testamento y la institución de herederos que contiene. 3] La falsedad de la escritura tratada y motivo del fallo en sede penal comprende a la civil [art. 1202, Código Civil]. 4] El mandato irrevocable que no se ajusta a los requisitos del art. 1977, Código Civil, por carecer de limitación temporal afecta por ello el art. 953 y por ende en el caso corresponde admitir la querella de falsedad ideológica y decretarse la nulidad de la escritura. P.D.L.

Fallo JA 11/11/92. - Cámara Civil y Comercial de San Martín, Sala 1a. - Autos: Bula, Enrique H. c/ Losada, Clotilde y otros

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