Debe ser eliminada del art. 61 de la ley 19.550 [t.o.] toda posibilidad de autorización automática, por ser esta incompatible con un régimen de control de las registraciones contables y superflua y entorpecedora si se concibe liberalmente el sistema
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Comisión 4: Información, Publicidad, documentación y progresos tecnológicos en derecho societario
Ponencia
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