[Demanda interpuesta por un club de campo contra la AFIP, con el objeto de que se revoque la resolución que había dejado sin efecto la exención reconocida en los términos del art. 20 incs. f) y m) de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Deducido recurso de apelación, la Cámara confirmó la sentencia[
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[Consultado mayo 2017 en La Ley Checkpoint : www.checkpoint.laleyonline.com.ar]
Fallo: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala III, 20/04/2017. "Trapalanda Club de Campo SA c. EN-AFIP-DGI- resol- 427/08 (Rpal) (Expte. 3638/06) s/ dirección general impositiva"
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