El artículo 1277 del Código Civil : su visión cuarenta años después

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 2009Descripción: 7 pTema(s): Género/Forma:
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Contiene: Finalidad del legislador. Actos a los que se aplica la norma. Bienes propios. La subsistencia de la restricción luego de disuelta la sociedad conyugal. Recepción jurisprudencial. Aplicación en sede notarial. Conclusiones

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