Breviario : jurisprudencia : subasta pública. Nulidad : cesión del boleto de compraventa; fraude a la ley; procedencia

Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Mar-06Tema(s): Género/Forma: Recursos en línea: En: p. 20-21
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En el caso en examen, la cesión del boleto de compraventa judicial es anterior al depósito del saldo del precio, lo cual permite determinar sin lugar a dudas que el acto se realizó en fraude a la ley

Está expresamente prohibida la cesión de boletos en la subasta pública, en preservación del orden público que será guardado por los jueces y un debido proceso. El Estado les confiere la facultad de control que no pueden declinar, ya que se convertirían en cómplices de las maniobras urdidas por quienes trafican con bienes involucrados en expedientes judiciales

La cesión de boleto judicial vulnera el orden público y los intereses generales, determina para el acto la nulidad absoluta y no es posible la confirmación lo que hace de aplicación los artículos 18, 21, 953 y 1047 del Cód. Civil que permiten la nulidad del acto en examen.

Sumario del fallo: CNCiv., sala G, diciembre 22-2005. Bank Boston National Association c. Brodsky, Carlos Horacio s/ ejecución hipotecaria. Publicado en El Derecho de 23/2/2006

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