La prohibición de contradecirse o de volver sobre los actos propios tiene sus limitaciones importantes : [con motivo de un fallo dictado por la CSJN]
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Contiene: No es un principio absoluto. Ni susceptible de ventilarse en un amparo. Es un principio basado en el conocimiento - la información - y la libertad. Las entidades financieras celebraron con sus clientes un acuerdo o contrato extintivo de obligaciones. Las entidades financieras son la "parte fuerte" o en posición dominante. Los clientes son la "parte débil", consumidores del crédito, tutelados por la ley 24.240. El pago del dólar a mitad de su valor más un reajuste módico puede configurar el elemento objetivo de la lesión, art. 954. Un cliente "necesitado" de la restitución del dinero, un cliente sin experiencia, como suelen ser los consumidores, y presionado por las circunstancias que lo llevan a obrar con "ligereza", configura el lesionado - elemento subjetivo - o aprovechado del art. 954. Para "contradecirse" es preciso "conocer el Derecho" y no es verdad, a la luz de la Constitución y de la buena fe, que la norma sea siempre conocida y por todos. La confirmación tácita. El que contrató en desequil
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