Normas, acciones y requisitos necesarios para efectivizar la constitución del estado parcelario, de los inmuebles existentes en el territorio provincial : gradualidad en la aplicación de la ley y el decreto

Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoSeries Boletín de Legislación ; n. 2242Detalles de publicación: Colegio de escribanos de la Capital Federal, Buenos Aires : octubre de 1994Tema(s): Género/Forma:
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Contiene: Por el artículo 4º se exime de la determinación del estado parcelario a las unidades funcionales construídas en planta primer piso y siguientes en altura o en subsuelo. Por el artículo 5º se exime de la obligación de constituir estado parcelario a los actos notariales en el marco de la Resolución 8959/93 del Banco Nación Argentina y sus modificatorias, cuando no cambie el titular de dominio

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