Decreto Municipal No. 16717/63. Registro de planos de inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal
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Artículo 1: La Dirección General de Catastro y Vía Pública registrará los planos correspondientes a edificios que se sometan al Régimen de Propiedad Horizontal, aún cuando éstos se encuentren en proceso de construcción, habiéndose materializado comomínimo los elementos que delimiten, en la parte construída, la superficie propia de cada unidad y las de uso común utilizadas para el acceso a esas unidades
Publicación en Boletín Municipal 12192 [30 oct 1963]
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