Enajenación de bienes del menor requiere autorización judicial
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Consulta: Por escritura pública No. 2308, del 21 de agosto de 1992 inscripta en la Oficina de Registro correspondiente, la Sociedad Sodicón vende un inmueble de su propiedad a la señora Gloria y a Eduardo, menor de edad, quien fue representado por sus padres en ejercicio de la patria potestad. Hoy en día, por vicios redhibitorios pretenden rescindir el contrato, motivo por el cual consulta si es necesaria la autorización judicial
División Legal de Notariado. Superintendencia de Notariado y Registro
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