La ley 21.488 no es modificatoria de los privilegios establecidos en los arts. 133 y 265 inc. 7 y 266 de la ley concursal
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Ponencia: Comisión 4: Tema : a] Concursos. Club de bancos. Alcances jurídicos y económicos. b] Impacto de la tecnología incorporada a los negocios financieros en la órbita jurídica. c] La tendencia mundial hacia la banca múltiple
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