Con respecto a la calificación de bienes propios y gananciales
Sambrizzi, Eduardo A.
Con respecto a la calificación de bienes propios y gananciales - Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Enero-Marzo 2013
Nota a fallo. Contiene: El fallo a comentar. Nuestro comentario: Casa de fin de semana ubicada en Los Cardales. Departamento de la calle Federico Lacroze. Unidad funcional nº 3 del country Los Cardales Sumario del fallo: CNCiv., sala K, 01/09/2011, "M., S.C. c/ G., F.C. s/ liquidación de la sociedad conyugal. Ordinario". Disolución y liquidación: efectos; deudas; alcances; artículo 1275, inciso 3, del Código Civil; exégesis; deudas comunes; cancelación; reembolso; improcedencia; bien inmueble; carácter propio; prueba. (Publicado en El Derecho, CABA, UCA, Nº 12.962, 21/03/2012)
BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
BIENES GANANCIALES
BIENES MIXTOS
BIENES PROPIOS
CALIFICACION DE BIENES
CARGAS DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
RECOMPENSAS
SEPARACION DE BIENES
SOCIEDAD CONYUGAL
DOCTRINA
JURISPRUDENCIA
Con respecto a la calificación de bienes propios y gananciales - Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Enero-Marzo 2013
Nota a fallo. Contiene: El fallo a comentar. Nuestro comentario: Casa de fin de semana ubicada en Los Cardales. Departamento de la calle Federico Lacroze. Unidad funcional nº 3 del country Los Cardales Sumario del fallo: CNCiv., sala K, 01/09/2011, "M., S.C. c/ G., F.C. s/ liquidación de la sociedad conyugal. Ordinario". Disolución y liquidación: efectos; deudas; alcances; artículo 1275, inciso 3, del Código Civil; exégesis; deudas comunes; cancelación; reembolso; improcedencia; bien inmueble; carácter propio; prueba. (Publicado en El Derecho, CABA, UCA, Nº 12.962, 21/03/2012)
BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
BIENES GANANCIALES
BIENES MIXTOS
BIENES PROPIOS
CALIFICACION DE BIENES
CARGAS DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
RECOMPENSAS
SEPARACION DE BIENES
SOCIEDAD CONYUGAL
DOCTRINA
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