El artículo 985 del Código Civil argentino
Benseñor, Norberto Rafael
El artículo 985 del Código Civil argentino - La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires enero-abril 2001
Contiene: El principio de imparcialidad. La norma del Art. 985. Otras normas vinculadas. Las fuentes del Art. 985 del Código Civil. Naturaleza de la prohibición. Interés personal del oficial público. Intereses parentales. La especial consideración del cónyuge. Concubinato. Intervención de parientes apoderados. Poderes a favor de parientes. Delimitación operativa del Art. 985 del Código Civil. Las sanciones simplemente éticas. Albaceazgo. Actas de depósito notarial. Intervenciones societarias. Personas jurídicas. Intervención notarial en constitución de sociedades constituidas por parientes mencionados en el Art. 985 del Código Civil. Actuación como representantes orgánicos de sociedades. Incompatibilidad del escribano o incompatibilidad del registro. Actos comprendidos en el Art. 985 del Código Civil para un autorizante, extendidos ante otro actuante del registro. Los efectos de los actos comprendidos en el Art. 985. Nulidad. Los proyectos de reformas
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El artículo 985 del Código Civil argentino - La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires enero-abril 2001
Contiene: El principio de imparcialidad. La norma del Art. 985. Otras normas vinculadas. Las fuentes del Art. 985 del Código Civil. Naturaleza de la prohibición. Interés personal del oficial público. Intereses parentales. La especial consideración del cónyuge. Concubinato. Intervención de parientes apoderados. Poderes a favor de parientes. Delimitación operativa del Art. 985 del Código Civil. Las sanciones simplemente éticas. Albaceazgo. Actas de depósito notarial. Intervenciones societarias. Personas jurídicas. Intervención notarial en constitución de sociedades constituidas por parientes mencionados en el Art. 985 del Código Civil. Actuación como representantes orgánicos de sociedades. Incompatibilidad del escribano o incompatibilidad del registro. Actos comprendidos en el Art. 985 del Código Civil para un autorizante, extendidos ante otro actuante del registro. Los efectos de los actos comprendidos en el Art. 985. Nulidad. Los proyectos de reformas
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