¿Debe el representante legal del consorcio de copropietarios informar sobre la existencia de juicios pendientes al transferirse una unidad? /
Highton, Elena I.
¿Debe el representante legal del consorcio de copropietarios informar sobre la existencia de juicios pendientes al transferirse una unidad? / Elena I. Highton - Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Octubre - Diciembre 2012
Contiene: I. Caso que sirve de introducción para el análisis del tema. II. Deudas que deben informarse ante el requerimiento del escribano por imperativo legal. III. Deudas gestadas pero aún no declaradas judicialmente. IV. La actual protección deladquirente. La garantía de evicción. V. Conveniencia de anoticiar al adquirente de la existencia de deudas gestadas, aunque no declaradas judicialmente. VI. Contenido de la obligación de informar del mandatario prevista por el art. 1909 del Código Civil. VII. La reforma proyectada. Razonabilidad de la obligación que impone Publicado en La Ley, tomo 154, p. 109
abril-junio 2001
CONSORCIO DE COPROPIETARIOS
ESCRIBANOS
GARANTIA DE EVICCION
DOCTRINA
¿Debe el representante legal del consorcio de copropietarios informar sobre la existencia de juicios pendientes al transferirse una unidad? / Elena I. Highton - Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Octubre - Diciembre 2012
Contiene: I. Caso que sirve de introducción para el análisis del tema. II. Deudas que deben informarse ante el requerimiento del escribano por imperativo legal. III. Deudas gestadas pero aún no declaradas judicialmente. IV. La actual protección deladquirente. La garantía de evicción. V. Conveniencia de anoticiar al adquirente de la existencia de deudas gestadas, aunque no declaradas judicialmente. VI. Contenido de la obligación de informar del mandatario prevista por el art. 1909 del Código Civil. VII. La reforma proyectada. Razonabilidad de la obligación que impone Publicado en La Ley, tomo 154, p. 109
abril-junio 2001
CONSORCIO DE COPROPIETARIOS
ESCRIBANOS
GARANTIA DE EVICCION
DOCTRINA