Artículo 1246 : bienes propios por subrogación real

Artículo 1246 : bienes propios por subrogación real - La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires mayo-agosto 1999

Dictamen del notario Gastón R. di Castelnuovo, vocal de la Comisión Central de Consultas Doctrina: Cumplidos los requisitos de esta norma: declaración en la escritura de compra, del origen de los fondos y la fundamentación, no es necesaria la conformidad del cónyuge para considerar que la subrogación real se ha cumplido Resolución del notario Jorge Francisco Dumon, presidente de la Comisión Central de Consultas


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