Certificados : Solicitud de inhibición en caso de tercero que refuerza la garantía hipotecaria

Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires. Consultas

Certificados : Solicitud de inhibición en caso de tercero que refuerza la garantía hipotecaria - La Plata

El notario interviniente, en virtud de lo dispuesto por el art. 23 de la ley 17.801, está obligado a solicitar certificado de inhibición por el titular de dominio del inmueble que se hipoteca. En caso de que contractualmente hubiere otros deudores, no titulares del bien, corresponsables por el crédito hipotecario, podrá el acreedor indicar al notario la necesidad de contar con tal certificado. Sólo esta indicación, realizada por un modo fehaciente, crea al notario el deber de pedirlo


GARANTIA HIPOTECARIA


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