Sin título

- 08-Abr-97

Exceptúase de la constitución del estado parcelario a aquellos inmuebles de propiedad de entidades intermedias, cuya solicitud de certificado catastral sea con motivo de la transferencia al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, con cargo a la construcción de viviendas de tipo social


Buenos Aires [provincia]


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