Provincia de Buenos Aires : constitución del estado parcelario : Ley N° 10.707 : excepciones
Provincia de Buenos Aires : constitución del estado parcelario : Ley N° 10.707 : excepciones
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 24-Dic-03
- 3 p.
Información obtenida de la página de Internet del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires http://www.colegio-escribanos.org.ar Se transcribe una recopilación de la normativa referida a las exigencias de los relevamientos parcelarios y sus excepciones, que transcribimos a continuación. Contiene: Excepciones a la obligación de constituir el estado parcelario como requisito previo al despacho de certificación catastral. Excepción a la obligación prevista en el art. 8° de la Disposición 657/97 como requisito previo al despacho del certificado catastral y en el art. 15 de la Ley 10.707 como requisito previo al despacho del certificado catastral
CATASTRO
CERTIFICADO CATASTRAL
ESTADO PARCELARIO
EXCEPCIONES
LEY APLICABLE
RELEVAMIENTO TERRITORIAL
DOCTRINA
Información obtenida de la página de Internet del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires http://www.colegio-escribanos.org.ar Se transcribe una recopilación de la normativa referida a las exigencias de los relevamientos parcelarios y sus excepciones, que transcribimos a continuación. Contiene: Excepciones a la obligación de constituir el estado parcelario como requisito previo al despacho de certificación catastral. Excepción a la obligación prevista en el art. 8° de la Disposición 657/97 como requisito previo al despacho del certificado catastral y en el art. 15 de la Ley 10.707 como requisito previo al despacho del certificado catastral
CATASTRO
CERTIFICADO CATASTRAL
ESTADO PARCELARIO
EXCEPCIONES
LEY APLICABLE
RELEVAMIENTO TERRITORIAL
DOCTRINA