Provincia de Buenos Aires : constitución del estado parcelario : Ley N° 10.707 : excepciones

Provincia de Buenos Aires : constitución del estado parcelario : Ley N° 10.707 : excepciones - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 24-Dic-03 - 3 p.

Información obtenida de la página de Internet del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires http://www.colegio-escribanos.org.ar Se transcribe una recopilación de la normativa referida a las exigencias de los relevamientos parcelarios y sus excepciones, que transcribimos a continuación. Contiene: Excepciones a la obligación de constituir el estado parcelario como requisito previo al despacho de certificación catastral. Excepción a la obligación prevista en el art. 8° de la Disposición 657/97 como requisito previo al despacho del certificado catastral y en el art. 15 de la Ley 10.707 como requisito previo al despacho del certificado catastral


CATASTRO
CERTIFICADO CATASTRAL
ESTADO PARCELARIO
EXCEPCIONES
LEY APLICABLE
RELEVAMIENTO TERRITORIAL


DOCTRINA

Con tecnología Koha